

23-10-2007
Fabián Márquez
Presidente de Analistas de Relaciones Industriales
Los agentes sociales, los expertos, el Gobierno, e incluso los centros de prescripción de opiniones sobre el mercado de trabajo, coinciden en la persistente dualización de éste.
Los trabajadores españoles se dividen en dos clases: los fijos y los temporales. Los primeros son hegemónicos en la industria y, los segundos, en los servicios y la construcción. Y ello a pesar de que desde 1994, antes con la mera voluntariedad empresarial bastaba, no es posible contratar temporales sin causa justificada.
En los años 80, UCD y PSOE decidieron flexibilizar la contratación, no el despido, dualizando el mercado. No era ésta la opinión de CEOE, que apostaba por no soportar el coste del despido –45 dÃas por año de antigüedad con el tope de 48 mensualidades– y por la extinción del contrato cuando concurriesen razones objetivas, económicas, tecnológicas o impuestas por la ley del mercado, a un precio más razonable.
Según el Estatuto de los Trabajadores, estos despidos sólo "deben costar" 20 dÃas por año de antigüedad, con el tope de doce mensualidades, pero la combinación de la tutela judicial, el principio pro-operario y la bis atractiva de los 45 dÃas generaliza éste, resolviéndose asà despidos económicos como si de disciplinarios se trataran, olvidando con ello la causa que motiva las extinciones: la supervivencia empresarial.
A todo esto hemos de añadir el efecto pernicioso de los expedientes de regulación de empleo, que no suplen el derecho del trabajo, sino que politizan en su vertiente conflictiva un problema de orden público laboral. Y es sabido que la negociación consiguiente de un ERE empieza en 20 dÃas y termina aproximadamente en 45. Si se tienen beneficios, pero hay que reducir plantilla para competir, la cifra final de la negociación puede ser tan crecida que se oculta pudorosamente en un magma de estipulaciones múltiples, para que parezca lo que no es.
No es preciso señalar, pues es obvio, que si la empresa es multinacional será flagelada, para que desista de marcharse de nuestro espacio nacional, o, si lo hace, que sea con un coste tan extraordinario que en muchos casos desanimará inversiones, en un mercado de trabajo como el nuestro, en el que sólo nada a favor de corriente quien puede contratar temporal, o subcontratar y atomizar la responsabilidad hasta extremos inauditos. Éste es el panorama, no visto desde el puente sino desde la trinchera.
En los diferentes procesos de concertación social se han abordado estas consideraciones.
En 1997, el AIEE redujo las indemnizaciones en los supuestos de despidos objetivos improcedentes, que afectaron a los nuevos contratos estables, creados a partir de esa fecha, a 33 dÃas por año de antigüedad con un tope de dos años.
Desde entonces hasta hoy el mercado se ha movido. Más del 60% de los contratos fijos son estables, pero los sindicatos se han negado, hasta ahora, a reducir más la cuantÃa del despido y, sobre todo, a generalizar un modelo de contrato estable a través de una norma legal, y ello a pesar de que la CEOE estaba dispuesta a equilibrar el contrato temporal, y a tasar el coste y caducidad natural de algunos contratos que se establecen entre empresas matrices, auxiliares y subcontratas.
Temporalidad
El acuerdo alcanzado, como es conocido, no fue tan ambicioso como ambas partes pretendÃan, pero, a pesar de ello, las estipulaciones contraÃdas han puesto coto al encadenamiento de contratos, causalizando la temporalidad de manera absoluta.
La realidad es que nuestros contratos temporales suponen el 31% del total, frente a menos de la mitad de la media europea; a las empresas viejas que padecen viejos contratos les aterroriza tener que negociar un ERE por el coste y conflictividad que ello supone y, sobre todo, el mercado sigue dividido en dos clases de trabajadores: los fijos y los otros. Los sindicatos han conseguido pequeños triunfos, como la reciente normativa especÃfica de la construcción, sin resolver el principal problema: la sujeción a término de muchos contratos.
En el Ãnterin, todos lo expertos se han pronunciado en un sentido único: es necesario dotar el mercado de trabajo de estabilidad. El Libro Verde de la Comisión Europea sobre el futuro del Derecho del Trabajo ya lo anuncia al decir que es necesario "romper" la terrible ecuación temporalidad-coste del despido. He aquà una dura asignatura pendiente.
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