

18-07-2008
Soy abogado y he perdido mi empleo. Tengo pensado convertirme en autónomo, como abogado o consultor. ¿Cuándo debo darme de alta en el régimen de autónomos? ¿Tengo que hacerlo como abogado o puedo elegir otra opción?
La afiliación y el alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) son obligatorias y producen sus efectos desde el primer dÃa del mes en que concurran las circunstancias que determinan la inclusión en este régimen, siempre que se soliciten con carácter previo al comienzo de la prestación de servicios.
Este plazo no es de aplicación hasta que las posibilidades de gestión lo permitan, manteniéndose, mientras tanto, el plazo de los 30 dÃas naturales siguientes a aquel en que concurran las circunstancias necesarias. El alta solicitada fuera de plazo producirá sus efectos desde el dÃa primero del mes natural en que se reúnan los requisitos de inclusión. En cuanto a la actividad, puedes desarrollar simultáneamente varias actividades por cuenta propia. El alta será única, si bien cuando optes por la cobertura de las contingencias profesionales el alta procederá por la que resulte aplicable la cotización más alta.
Randstad lleva más de 45 años ofreciendo soluciones de trabajo y servicios de recursos humanos que la han convertido en una de las multinacionales más relevantes del sector.