¿Prestaciones por desempleo o incentivos a la contratación?

Publicado el 16-03-2009 por José Ignacio García Pérez, Universidad Pablo de Olavide, FEDEA y Centro de Estudios Andaluces.

La economía española necesita mejorar su productividad y el funcionamiento de sus instituciones para volver a recuperar un crecimiento sostenible.

Ante la intensa destrucción de empleo en nuestra economía, el debate sobre la necesidad de realizar reformas laborales ha vuelto con fuerza. Los que se oponen a las mismas esgrimen que el origen de la crisis no procede del mercado laboral y, por tanto, la solución no debería pasar por cambios en su regulación o que incluso en países con mercados de trabajo más flexibles, también se está destruyendo mucho empleo.

Este tipo de argumentos confunden el diagnóstico y no reconocen que la economía española necesita mejorar su productividad y el funcionamiento de sus instituciones para volver a recuperar un crecimiento sostenible. A algunos de los que se atreven a proponer medidas de reforma, enseguida se les cataloga como reaccionarios. Un ejemplo claro ha sido la confusión generada por las recientes declaraciones del gobernador del Banco de España, quien, tras reflexionar públicamente sobre la necesidad de rediseñar mas eficientemente las indemnizaciones por despido y la protección por desempleo, ha sido acusado de fomentar el "despido libre y gratis".

Centrar el debate de la reforma laboral sobre el coste del despido hace que otras propuestas interesantes no reciban la atención que merecen. Por ejemplo, parece que el Gobierno está a punto de aprobar una medida consistente en transformar prestaciones por desempleo en subvenciones a la contratación. El denominado 'cheque empleo', propuesto hace años por el economista Dennis Snower, ya funciona desde hace tiempo en el Reino Unido y se está estudiando en Alemania. Consiste en permitir que parte de los derechos de cobro de prestaciones se puedan capitalizar, no para crear un negocio propio como se hace actualmente en España, sino para facilitar la contratación de este trabajador por una empresa ya existente. ¿Por qué usamos esta prestación para subvencionar una empresa aún no creada y de difícil viabilidad, y no para subvencionar la creación de empleo en una empresa ya establecida y con posiblemente buenas perspectivas de futuro?

Subvenciones a la contratación
Existe una amplia evidencia empírica de que las subvenciones a la contratación indefinida en España han tenido escaso éxito. Por ello, es crucial que la nueva medida no siga el mismo camino. Concretamente, se deberían cambiar dos aspectos importantes de dichas bonificaciones. En primer lugar, la empresa debería dedicar estas bonificaciones, al menos parcialmente, a proporcionar al trabajador un periodo de formación que le sirva como reciclaje.

Aunque de difícil control, este requerimiento haría que sólo las empresas que estén dispuestas a mantener al trabajador en su plantilla más allá del periodo de subvención acepten la misma. En segundo lugar, las bonificaciones deben centrarse en parados con una cierta duración en el desempleo. Dirigiendo las bonificaciones a este colectivo deberíamos esperar que la contratación de trabajadores subvencionados no sólo sirviera para: (I) sustituir a otros trabajadores ya empleados, y (II) para contratar a trabajadores que habrían sido igualmente contratados en ausencia de la subvención. Además, la sustitución de contratados actuales por futuros trabajadores con derecho a subvención puede limitarse si el 'cheque' sólo se ofrece a empresas que hayan despedido poco en el pasado reciente o que tengan un ratio no muy elevado de contratos firmados sobre el tamaño de su plantilla.

De hecho, cabe pensar que las actuales bonificaciones a la contratación indefinida también deberían regularse de esta manera y, seguramente, limitarse sólo a parados sin derecho a prestaciones.

Un detalle especialmente importante de cara al éxito de esta medida es que al trabajador le resulte individualmente beneficiosa. Aparte de lo ya apuntado sobre la formación, el trabajador debería mantener intactos sus derechos futuros de cobro de prestaciones, al tiempo que el contrato bonificado debería durar lo suficiente para garantizar un nuevo derecho a prestaciones de la misma duración que al que se renuncia.

Incluso, la duración de la bonificación podría ser menor y aun así ser aceptable para el trabajador si éste se beneficiase también de la subvención en términos de un mayor salario neto percibido. Esto se podría implementar de manera sencilla, al menos para salarios regulados por convenio, si la contribución a la Seguridad Social por parte del trabajador se redujera transitoriamente para aquéllos que acepten cambiar sus prestaciones por el ‘cheque empleo’. De hecho, para que el incentivo al trabajador funcione de manera más eficiente, la reducción en dicha cotización podría ser creciente en la duración de las prestaciones pendientes de recibir.

Un sencillo ejemplo ilustra el diseño óptimo del ‘cheque empleo’. Imaginemos un parado que ha trabajado por la base mínima de cotización. Si ha trabajado durante más de 6 años y tiene algún hijo, este trabajador desempleado tiene derecho a 24 meses de prestación por un importe de 564 euros mensuales. Si se le permitiera dedicar parte de dicha cantidad a bonificar la mitad de la cotización por contingencias comunes de la empresa que lo contrate durante los próximos cinco años, estaríamos ofreciendo a dicha empresa una bonificación total de 5.365 euros.

Si el trabajador toma esta decisión antes de que le resten la mitad de sus derechos de cobro, podríamos hacerle beneficiario de una bonificación total en su cotización a la Seguridad Social (actualmente fijada en el 4.7%). El coste bruto de esta medida sería de 7.955 euros por contrato, por lo que si se dedica la mitad del derecho de prestación disponible a sufragar esta subvención, el coste neto para el Estado sería de sólo 1.100 euros. El ahorro en términos de prestaciones futuras (contributivas y seguramente asistenciales) y cotizaciones no pagadas compensa con toda seguridad dicha cantidad.

Así pues, parece que esta propuesta ayudaría a las empresas en graves dificultades a salir de la actual espiral de destrucción de empleo, ofreciéndoles mayores posibilidades de contratar trabajadores a menor coste y más dispuestos a aceptar dichas ofertas.

Finalmente, quizás deberíamos empezar a plantearnos si las ingentes cantidades de dinero que se dedican actualmente en España a la protección del desempleado (más de 20.000 millones de euros, según el Presupuesto actual) y a la formación ocupacional y la promoción de empleo estable (más de 5.000 millones) no podrían redirigirse a crear más y mejores incentivos para aumentar las posibilidades de contratación y, sobre todo, la formación de los trabajadores actualmente desempleados.